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Los problemas más frecuentes en las comunidades de vecinos

La cantidad de personas que pertenecen a comunidades de vecinos supera el 50% en muchos de los paises. Como sabes por experiencia propia, la convivencia con los vecinos suele derivar en múltiples conflictos.

¿Es tu turno de ser el presidente de comunidad? Entonces, durante este año te convertirás en un experto solventando problemas. Quizás la figura de un árbitro en algún partido se te venga a la memoria con frecuencia.

¿Qué problemas son más recurrentes dentro de las comunidades de vecinos?

Las discrepancias se presentan con una regularidad vertiginosa. Por ello, tendrás una ventaja si sabes a qué atenerte. Entre los mayores desafíos que tendrás como presidente de tu comunidad de vecinos será el resolver inconvenientes. Es por ello que muchos optan por contratar la administración del condominio a un profesional.

Una buena noticia la representa que el 80% de los problemas podrán solventarse con una buena mediación. De cara a estos retos, la Ley de Propiedad Horizontal será la piedra angular para arreglar las peleas.

Las incidencias se resolverán con el apoyo del presidente de la comunidad. ¿Cuáles se alzan como los conflictos más recurrentes?

Siniestros asociados a humedades

Es de conocimiento popular que las humedades deterioran las infraestructuras, volviéndolas un peligro latente. En las comunidades este problema puede volverse cuesta arriba, porque su origen puede ser incierto.

Quién pague las facturas dependerá de si la humedad proviene de un elemento privado o uno común. Si lo provoca un aire acondicionado privado, lo pagará el propietario en cuestión.

De lo contrario, el coste será compartido por la comunidad para ejecutar las reparaciones correspondientes. Será muy útil contar con un seguro comunitario para hacer frente a tales imprevistos.

Conductas que causan malestar

¿Quién se ha salvado de escuchar un martilleo a medianoche? Quizás, ¿una fiesta en plena tarde de un martes con un sonido atronador? ¿Conciliabas el sueño el domingo pero en el piso de arriba parecen mover cada mueble?

El ruido en todo su esplendor constituye una molestia frecuente. De hecho, puede llegar a estremecer los hogares con ventanales. A nivel general, en los diferentes municipios existen leyes que establecen el tope de decibelios admitidos conformes la hora.

Cuando se trata de contaminación sonora, la primera medida será una advertencia al vecino que lo ocasiona. ¿Lo has intentado múltiples veces, pero solo aumentan el volumen?

Será tiempo de llamar a la policía municipal para que compruebe los decibeles y tome medidas si se superan.

Reformas vecinales

Cada cual quiere sentir que su hogar es un pedacito de paraíso. Por ello, las reformas dentro de los pisos o inmuebles son tan comunes. ¿Cuál es el inconveniente?

Se genera el problema del polvo, la suciedad y los ruidos que acarrean las obras. Aquellos que serán más perturbados representan los residentes aledaños al hogar que está reformándose.

Claro, serán circunstancias para que los vecinos ejerciten su paciencia. Sin embargo, todo dentro de los límites y reglamentos establecidos. Acá se definen las horas para trabajar, utilizar el ascensor para llevar el material, entre otros.

A ellos se suman las normas locales respecto a la contaminación acústica. Cada medida responde a buscar el equilibrio. ¿Las reformas provocaron deterioros en áreas aledañas?

Entonces, el copropietario que ejecuta las reformas tendrá que acarrear los gastos que suponga.

Vecinos morosos

Se alza como un dolor de cabeza casi ineludible en una comunidad de vecinos. Casi se establecen dos grupos en las esquinas de un ring: quienes pagan religiosamente y quienes acumulan o engrosan la deuda.

Las deudas pueden apiñarse tanto en las asignaciones extraordinarias como en las ordinarias. El abordaje a los morosos debe ser amistoso en las primeras ocasiones.

¿No se consigue que abone o salde la deuda? Entonces, en última instancia se conviene con la junta de propietarios y por mayoría iniciar un proceso legal.

Ejecución de obras comunes

Cuando se hacen obras en áreas comunes se detonan multitud de inconvenientes y pleitos. ¿Por qué? Dado a las cuotas imprevistas que pueden estar asociados a la renovación de bajantes o restauración de fachadas.

Otras obras incluyen la instalación de rampas de acceso o ascensores. Acá se generas gastos extras conforme al nivel de participación de cada propietario.

Circuito de cámaras de seguridad

Se convierte en una solución para evitar o minimizar los robos así como la inseguridad en general. Puede instalarse si las 3/5 partes de los propietarios están de acuerdo, conforme señala el artículo 17.3 de la LPH.

Su instalación implica varias regulaciones para respetar la privacidad de los propietarios. ¿Cómo cuáles? No podrán divulgarse ni sonidos ni imágenes sin autorización previa del órgano correspondiente.

Solo podrán captarse imágenes limitadas y parciales de las zonas públicas cuando sean esenciales para la vigilancia.

El uso o abuso de las plazas de aparcar

Un tema que deriva en muchos dimes y diretes. ¿Pueden estacionarse la moto y el coche en una sola plaza? En realidad, se carece de una normativa a nivel estatal que lo estipule.

Por ello, deberán consultarse las leyes municipales. Siempre considerando que no se obstruyan o molesten la entrada/salida de otras plazas.

Los ascensores

La instalación de ascensores también requerirá la aprobación mayoritaria por parte de los propietarios. De manera que se hagan responsables de costear con sus cuotas la obra de principio a fin.

Acá entran en el tapete otros factores. ¿Cuáles? Si existe un propietario que padezca una minusvalía o una notable movilidad disminuida, la obra será obligatoria. Debido a que será para su accesibilidad al área.

Esa realidad suplirá el permiso que en condiciones normales sería elemental. Asimismo, en ocasiones los estatutos de las comunidades exentan de las cuotas a los propietarios de los pisos bajos.

Tampoco pagarían la conservación o mantenimiento los locales que están en planta baja. ¿Quieren mostrar su desacuerdo? Tendrán la oportunidad de hacerlo por vía escrita ante la Junta de propietarios.

Podrán hacerlo en un tiempo máximo de 30 días naturales. Además, contarán con un trimestre desde que se adopte el acuerdo para su impugnación en los tribunales.

Teniendo estas circunstancias en mente, será más sencillo saber qué dificultades podrían presentarse. ¡Los resolverás en tiempo récord!

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