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Todo sobre los servicios fiduciarios

Los servicios fiduciarios se han convertido actualmente en una necesidad, sobre todo para aquellas personas que poseen dinero, bienes y propiedades que deben proteger, es una modalidad financiera que permite resguardar en una entidad fiduciaria a través de un fideicomiso parte o toda su fortuna con la seguridad de que están protegidos

Los fiduciarios financieros se producen cuando una persona física administra el dinero o los bienes de otra persona, entonces se convierte en fiduciario para el beneficio de la otra persona y no para su propio beneficio.

También existen los créditos, son préstamos personales solicitados por el propio deudor o por un codeudor, los mismos se perfeccionan con la firma de las dos partes, de acuerdo con el cumplimiento de los requisitos que les indique la institución que otorga el crédito.

El fiduciario es la persona o entidad jurídica que puede ser un banco o una entidad financiera, que tiene la responsabilidad de salvaguardar los objetivos que conforman un fideicomiso, significa que tiene el poder de actuar en nombre del Fideicomitente, es decir, la persona que entrega los bienes al Fideicomiso.

Diferentes aspectos relacionados con el fondo fiduciario o fideicomiso

El fiduciario es la persona o entidad que administra el dinero, bienes, propiedades y derechos de otra persona, desde el mismo momento que acepta el cargo y por Ley debe administrar el dinero y todas las propiedades de la persona para que sea el beneficiario de ésta y no para el suyo.

Los fondos fiduciarios o fideicomisos son instrumentos de administración de recursos financieros, por medio del cual una persona u organización le confiere a otra persona o entidad fiduciaria la administración de sus bienes con el fin de que los mismos sean administrados en favor suyo o de un tercero o beneficiario.

El fideicomiso es un acto jurídico por el cual una persona transfiere todo su dinero, bienes, propiedades y derechos a otra persona, la titularidad de todos sus activos y de su patrimonio en general, los cuales regresan a su poder y en  caso de fallecimiento son recibidos por un tercero o beneficiario.

Los negocios fiduciarios

Es la confianza, por medio de los cuales una persona confía en una sociedad fiduciaria, parte o todo su dinero, bienes, propiedades y derechos de la misma, con la finalidad específica para que pase en un tiempo determinado como un beneficio suyo o a un tercero o beneficiario.

Los negocios fiduciarios son convenimientos jurídicos que se basan en la confianza donde  el Fideicomitente entrega todas sus bienes al Fiduciario para que cumpla un fin determinado en un contrato firmado a conveniencia a favor de quien se designe como beneficiario.

Riesgos que presenta una fiducia

Los riesgos que se producen en una fiducia pueden ser legales o regulatorios, de reputación, operacionales, de crédito, reputacional, tecnológicos, de mercado, estratégicos o de negocio y de fraudes internos o externos.

En el caso que se presenten varias fiducias, el riesgo es mayor con posibilidades de perder todo o parte del capital invertido o de los bienes que aparecen en  el contrato.

Ahora bien, el principal riesgo que se puede presentar en un fideicomiso al costo es en el que el desarrollo del mismo pueda ser encarado por personas que tengan poca experiencia o con poco fondos, en los dos casos se corre el riesgo de que la obra se paralice durante el proceso de ejecución.

Vencimiento del fideicomiso

El fideicomiso se puede extinguir por cualquiera de las causales previstas en la Ley, en donde se señalan las obligaciones del patrimonio sin perjuicio de los derechos que corresponden a terceros.

Se declara nulo el fideicomiso cuando carece de objeto o causa, el cual se constituye sin las formalidades de Ley.  La fiducia se extingue cuando haya cumplido con los fines para el cual fue constituida, porque no haya manera de cumplir con el mismo, por renuncia o muerte del beneficiario sin tener sustituto.

Para poder impugnar un fideicomiso se debe demostrar que verdaderamente se ha infringido la Ley fiduciaria de forma directa y decisiva.  Es decir, que el otorgante o fideicomitente ha tomado decisiones con las que no está de acuerdo.

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