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Reconocimiento de la nacionalidad española a una menor nacida en en tránsito

Photo by Lawrence Crayton

El pasado mes de junio, la Audiencia Provincial de Guipúzkoa dictó una importante sentencia, confirmando una resolución anterior dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 5 de San Sebastián, por la que por primera vez se reconoce la nacionalidad española a una menor nacida en tránsito.

El caso:

La madre de la menor había emigrado desde Camerún hasta San Sebastián y, en su trayecto hasta España, concretamente en Marruecos, dio a luz a la niña. Posteriormente, madre e hija llegaron en patera hasta nuestro país. Al llegar a España, la menor carecía de documentación e inscripción registral alguna que la identificase y tampoco tenía reconocida ninguna nacionalidad.

Frente a esta situación de apatridia, el Juzgado de Primera Instancia número 5 de San Sebastián, daba la razón a la madre (camerunesa y residente en España), quien solicitó el reconocimiento de la nacionalidad española en favor de la menor y su correspondiente inscripción registral. Pero la Abogacía del Estado recurrió la decisión judicial, que, sin embargo, resultó ratificada por la Audiencia Provincial de Guipúzcoa, desestimando el recurso.

Por la carga emocional que estos procedimientos conllevan, la figura del Abogado, que asesore y acompañe durante el proceso, resulta esencial. Susanna Antequera, cofundadora del Despacho Antequera de Jáuregui – Abogados de Familia, cuenta con 30 años de experiencia en la Protección Jurídica del Menor Nacional e Internacional.

Fundamentos para conceder la nacionalidad española a la menor nacida en tránsito:

Con carácter previo a solicitar la nacionalidad española en favor de la menor por vía judicial, se acudió a la embajada tanto de Camerún como de Marruecos en España, así como al Registro Civil español, pero no fue posible inscribir a la menor de edad.

En el artículo 7 de la Convención Internacional de los Derechos del Niño se establece que “el niño será inscrito inmediatamente después de su nacimiento y tendrá derecho desde que nace a un nombre y a una nacionalidad.” Ante esta situación, el Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de San Sebastián, entendió que debía reconocer el derecho de la niña a adquirir la nacionalidad española y ser inscrita como tal en el Registro Civil español, ya que ésta era la única vía para proteger los derechos fundamentales de la menor.

Conclusiones jurídicas al respecto:

Se trata de un caso muy peculiar que sienta, sin duda, un precedente, pero, como siempre en derecho, ha de analizarse cada caso particular de manera pormenorizada e individualizada, atendiendo a las circunstancias particulares que rodean el mismo. Aunque existen dos circunstancias concretas innegables que en todo caso concurren respecto de los menores nacidos durante los tránsitos migratorios y que colocan a los mismos en situaciones de especial vulnerabilidad desde el punto de vista jurídico:

  • Por un lado, el mero hecho de ser menor de edad. Tanto el Derecho Español como el Derecho Internacional se hallan regidos por el Principio fundamental de Protección del Interés Superior del Menor, de acuerdo con el cual, se presta especial atención a la protección de los menores en todo procedimiento, trámite y resolución judicial, buscando siempre adoptar la solución que resulte más favorable a la salvaguarda de sus intereses, priorizando su beneficio, amparo y protección. El interés superior del menor es siempre un concepto ambiguo que ha de determinarse en cada caso particular, atendiendo a las circunstancias.
  • Por otro lado, la falta de nacionalidad. A la carencia de una nacionalidad por parte de un sujeto, se le denomina “apatridia”, siendo “apátrida” la persona que no goza de una nacionalidad. En el artículo 15 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, se establece el derecho de toda persona a una nacionalidad, ya que, su falta, coloca al sujeto en una situación de desprotección jurídica porque la nacionalidad vincula al individuo con un Estado determinado, que automáticamente le confiere unos derechos y una protección.

Si te preocupa esta cuestión, te encuentras en una situación parecida o tienes dudas sobre este tema, no dudes en consultar a Susanna Antequera, cofundadora del Despacho Antequera de Jáuregui – Abogados de Familia y especializada en materia de Protección Jurídica del Menor Nacional e Internacional. Actualmente, la firma cuenta con sedes físicas en Madrid y Barcelona y se esfuerza por aportar un valor diferencial en la profesión donde destaque su empatía y cercanía en el acompañamiento al cliente.

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